Para quién es
- Ciudadanos de EE. UU. con declaraciones atrasadas que planean renunciar
- Ex ciudadanos que renunciaron sin ponerse al día o sin presentar el Form 8854
No se cubre aquí
- Si debe renunciar, cómo hacerlo y el trámite consular
- Cómo se calcula el impuesto de salida y el tratamiento de las cuentas de jubilación
- Renunciar a una green card
¿Tiene que estar al día con sus impuestos para renunciar a la ciudadanía de EE. UU.?
No. El IRS indica que estar al día con los impuestos y tener un número de Seguro Social no son requisitos previos para renunciar a la ciudadanía, lo que el IRS llama expatriarse (IRS: procedimientos de alivio). El cumplimiento decide otra cosa: si usted se va como expatriado cubierto (covered expatriate), que puede deber el impuesto de salida y cuyos regalos o legados posteriores pueden hacer que los beneficiarios en EE. UU. deban un impuesto aparte conforme a la sección 2801 (vea la guía del impuesto de salida). Usted es expatriado cubierto si se aplica cualquiera de estas pruebas (IRS: instrucciones del Form 8854):
| Prueba | Usted es un expatriado cubierto si |
|---|---|
| Impuesto promedio | Su impuesto neto sobre la renta promedio anual de los cinco años fiscales anteriores a su expatriación es mayor que $211,000 |
| Patrimonio neto | Su patrimonio neto en la fecha de expatriación es de $2,000,000 o más |
| Certificación | Usted no certifica en el Form 8854 que cumplió todas sus obligaciones tributarias federales de los cinco años fiscales anteriores a su expatriación |
La prueba de certificación es la trampa. Si no la cumple, usted queda cubierto aunque esté muy por debajo de las dos pruebas de dinero. Las excepciones para ciertos ciudadanos con doble nacionalidad desde el nacimiento y ciertos menores solo los eximen de las dos primeras pruebas; esas personas igual deben presentar el Form 8854 y certificar (IRS: instrucciones del Form 8854). Quiénes califican se explica en la guía del impuesto de salida. Si usted está sujeto a la sección 877A y debe presentar el Form 8854, no presentarlo, omitir información requerida o informarla de forma incorrecta puede costarle $10,000 por ese año, salvo que se deba a causa razonable y no a negligencia deliberada.
Un caso no es sencillo cuando hay años sin presentar, impuesto sin pagar, un patrimonio neto cercano a la prueba, o fondos, pensiones o fideicomisos en el extranjero. Reúna cinco años de registros de ingresos e impuestos extranjeros, estados de cuenta y una lista de lo que posee y lo que debe. Cómo se calcula el impuesto de salida se explica en la guía del impuesto de salida.
¿Qué cubre la certificación de cinco años del Form 8854?
La certificación está en la Parte II, Sección A, línea 7 del Form 8854. Marcar «Yes» declara que, en los cinco años fiscales que terminaron antes de la fecha en que usted se expatrió, cumplió sus obligaciones de presentar las declaraciones del impuesto sobre la renta, del impuesto de nómina, del impuesto sobre donaciones y las declaraciones informativas (como el Form 8938), si corresponden, y pagó todos los impuestos, intereses y multas (IRS: instrucciones del Form 8854). La lista dice «incluyendo, entre otras» (including but not limited to), por lo que no es una lista cerrada.
Los años se cuentan hacia atrás desde la fecha de su expatriación: por lo general, la fecha en que usted prestó juramento ante un funcionario consular de EE. UU., una vez que el Departamento de Estado la confirma al emitir el certificado de pérdida de la nacionalidad (IRS: instrucciones del Form 8854). Usted certifica los cinco años fiscales anteriores al año de esa fecha. El año en que renuncia no es uno de ellos; tiene una declaración del último año con el Form 8854 adjunto.
El IRS entiende que todas las declaraciones federales de los cinco años deben estar debidamente presentadas, completas y correctas (IRS: procedimientos de alivio). Presentar declaraciones tardías no basta si todavía queda sin pagar algún impuesto, interés o multa de ellas. Si no puede pagar en su totalidad, el IRS igual indica que se presente cada declaración vencida, y quien presenta tarde puede calificar para un plan de pagos (IRS: impuesto por expatriación); no dice si un plan permite marcar «Yes» en la línea 7.
¿Necesita declaraciones de los años en que sus ingresos estuvieron por debajo del umbral de presentación?
Solo los años con obligación de presentar necesitan una declaración del impuesto sobre la renta. Un ciudadano en el exterior, por lo general, debe presentar cuando sus ingresos brutos mundiales llegan al umbral de su estado civil para efectos de la declaración, incluidos los ingresos que luego se excluyen como ingresos del trabajo en el extranjero (IRS: Publication 54). Los ingresos netos de trabajo independiente de $400 o más exigen una declaración en cualquier caso. Un año con obligación de presentar necesita una declaración aunque la exclusión de ingresos del trabajo en el extranjero o los créditos reduzcan el impuesto a cero; la exclusión se elige en el Form 2555 adjunto a la declaración. En una declaración presentada con más de un año de retraso, la exclusión igual funciona si usted no debe impuesto después de aplicarla, o si presenta antes de que el IRS descubra que no la eligió; escriba «Filed Pursuant to Section 1.911-7(a)(2)(i)(D)» en la parte superior del Form 1040 (26 CFR 1.911-7). Bajo los procedimientos de alivio, los ejemplos del IRS preparan un Form 1040 para cada uno de los seis años para calcular el impuesto total (IRS: procedimientos de alivio).
Un año por debajo del umbral puede tener otras obligaciones. La FBAR depende de los saldos de las cuentas, no de los ingresos: se aplica cuando las cuentas extranjeras suman más de $10,000 en cualquier momento del año. Vea informe de cuentas en el extranjero. Conserve las cifras de ingresos que muestran por qué no se debía declaración; el Form 8854 también pide su impuesto total de cada uno de los cinco años.
¿Quiénes pueden usar los procedimientos de alivio para ciertos ex ciudadanos?
Los procedimientos de alivio permiten que algunos ex ciudadanos certifiquen su cumplimiento sin pagar el impuesto atrasado, los intereses ni las multas. El IRS indica que, si usted cumple todas las condiciones, no es un expatriado cubierto y no debe impuestos ni multas pendientes por esos años ni por años anteriores (IRS: procedimientos de alivio). Deben cumplirse todas las condiciones:
| Condición | Regla |
|---|---|
| Fecha | La fecha de expatriación que figura en su Certificate of Loss of Nationality (el documento que emite el Departamento de Estado después de su juramento) es posterior al 18 de marzo de 2010 |
| Historial de presentación | Usted no tiene historial de presentación como ciudadano ni residente de EE. UU.; un Form 1040-NR presentado con la creencia de buena fe de que no era ciudadano no cuenta |
| Impuesto promedio | No supera la prueba del impuesto promedio de su año de expatriación ($211,000 para el año fiscal que muestra esta página; cambia cada año) |
| Patrimonio neto | Menos de $2,000,000 tanto cuando se expatría como cuando presenta la solicitud, sin excepciones |
| Impuesto total | $25,000 o menos por los cinco años anteriores y el año de expatriación combinados, después de deducciones, exclusiones y créditos, antes de multas e intereses |
| Conducta | Su omisión de presentar declaraciones y formularios informativos, y de pagar, fue no deliberada: se debió a negligencia, descuido, error o una mala interpretación de buena fe de la ley |
El impuesto de EE. UU. retenido durante esos años no cuenta para la prueba del impuesto total. Si usted presenta la solicitud sin calificar, el IRS procesa las declaraciones de la forma normal y usted debe todo el impuesto, las multas y los intereses. El límite de patrimonio neto se aplica incluso a los ciudadanos con doble nacionalidad desde el nacimiento, que bajo las reglas normales pueden quedar fuera de esa prueba.
La solicitud incluye una copia de su Certificate of Loss of Nationality sellado «Approved», un pasaporte o acta de nacimiento con identificación oficial, un Form 1040 con todas las declaraciones informativas requeridas (como el Form 8938) por cada uno de los cinco años anteriores, y la declaración del año de expatriación: el Form 1040-NR con el Form 8854, un Form 1040 adjunto como declaración informativa de los ingresos mundiales hasta la fecha de expatriación, y otras declaraciones informativas requeridas. Escriba «Relief for Certain Former Citizens» en rojo en la parte superior de la primera página y de cada declaración, y envíela por correo a la dirección de Austin que aparece en la página de alivio del IRS. No hay pago que hacer. Las solicitudes no se auditan de forma automática, pero el IRS puede seleccionar una y compararla con otra información, así que lo que usted certifica, incluida la conducta no deliberada, debe ser exacto. El IRS envía una carta cuando confirma que la solicitud está completa; espere al menos dos meses antes de comunicarse con el IRS.
¿Procedimientos simplificados primero o procedimientos de alivio: cuál le conviene?
El alivio solo le conviene si nunca presentó declaración como ciudadano y está dentro de sus límites; los procedimientos simplificados le convienen si va a presentar y pagar el impuesto. Presentar primero las declaraciones simplificadas puede cerrar la vía del alivio, así que defina si el alivio le conviene antes de presentar nada. El alivio también exige un certificado de pérdida de la nacionalidad aprobado antes de enviar la solicitud. Los Procedimientos Simplificados para el Extranjero (Streamlined Foreign Offshore Procedures) exigen que usted pague el impuesto y los intereses, y cubren solo las tres declaraciones más recientes más seis FBAR (IRS: procedimientos simplificados). Sus declaraciones requieren un SSN válido (IRS: procedimientos simplificados de cumplimiento tributario). Quiénes califican para los procedimientos simplificados se explica en la guía de los procedimientos simplificados.
| Pregunta | Procedimientos de alivio | Procedimientos simplificados para el extranjero |
|---|---|---|
| Cuándo presenta | Solo después de renunciar y de tener el certificado aprobado | Como contribuyente de EE. UU.; la página del IRS no aborda su uso después de renunciar |
| Declaraciones cubiertas | Los cinco años anteriores más el año de expatriación | Los tres años más recientes cuya fecha de vencimiento ya pasó, más seis FBAR |
| Impuesto adeudado | No se paga, si califica | Se paga con intereses |
| Multas | Ninguna, si califica | Ninguna de las multas enumeradas por presentación, pago, exactitud, declaraciones informativas ni FBAR, si califica |
| Límites | Los límites de patrimonio neto e impuesto total indicados arriba | Prueba de no residencia, conducta no deliberada, ingresos no declarados de un activo financiero extranjero y un SSN válido para un ciudadano |
Tres años simplificados no cumplen de forma automática una certificación de cinco años. Ordene los años: los cinco años anteriores a su año de renuncia pueden incluir uno o dos años fuera del período simplificado. Cada uno de esos necesita una declaración presentada, si se requería, con el impuesto, los intereses y las multas pagados.
¿En qué orden debe ponerse al día, renunciar y presentar el Form 8854?
El orden depende de la vía. El alivio exige renunciar primero. En los demás casos, la certificación se hace al presentar el Form 8854, que vence con la declaración del año de su expatriación, no en el consulado, así que los cinco años anteriores deben estar completos y pagados para entonces. El IRS no aborda de forma directa ponerse al día después del juramento, aunque su vía de la FAQ 25 (más abajo) acepta declaraciones enmendadas después de la expatriación.
- Determine qué años caen en el período de cinco años y cuáles tenían obligación de presentar.
- Calcule el patrimonio neto y el impuesto total de los seis años para ver si el alivio podría aplicar.
- Si el alivio podría aplicar: renuncie, espere el certificado aprobado y envíe la solicitud de alivio completa.
- Si no: presente las declaraciones que faltan y pague lo que se debe. Los procedimientos simplificados están escritos para contribuyentes de EE. UU. y el IRS no dice si un ex ciudadano puede usarlos, así que solo están claramente disponibles antes de renunciar; la presentación tardía normal sirve en ambos casos.
- Presente la declaración del año de expatriación con el Form 8854 adjunto en su fecha de vencimiento normal. Si ese año no se requiere declaración, envíe el Form 8854 solo a la dirección indicada en las instrucciones a más tardar en la fecha en que habría vencido la declaración, incluidas las prórrogas.
¿Necesita un número de Seguro Social para renunciar o para certificar?
No para renunciar, ni para los procedimientos de alivio: deje en blanco las casillas del SSN e incluya un ITIN solo si le asignaron uno. Una FBAR requerida igual debe presentarse sin SSN; las instrucciones de presentación de FinCEN explican cómo (IRS: procedimientos de alivio). El Form 8854 pide su SSN; si nunca le asignaron uno, adjunte una declaración que explique por qué (IRS: instrucciones del Form 8854).
Fuera de los procedimientos de alivio, el IRS indica que cumplir durante los cinco años incluye usar su SSN como número de identificación en sus declaraciones. Si necesita uno, vea primera declaración de EE. UU. para quien creció en el extranjero.
¿Cuenta el año en que renuncia y debe presentar una FBAR por ese año?
El año de la renuncia no es uno de los cinco años certificados, pero tiene sus propias presentaciones. Usted fue ciudadano durante parte de ese año, así que presenta una declaración del último año que informa los ingresos mundiales hasta la fecha de expatriación, con el Form 8854 adjunto (IRS: instrucciones del Form 8854; IRS: procedimientos de alivio). El IRS remite al Notice 2009-85 para esta declaración de doble estatus (dual-status); la guía del primer año de doble estatus explica el mismo tipo de declaración desde el lado de la llegada.
Las instrucciones del Form 8854 señalan que, si usted fue persona de EE. UU. durante cualquier parte del año, puede necesitar una FBAR y el Form 8938 por ese año. Bajo los procedimientos de alivio, las FBAR no son una condición de elegibilidad, pero debe presentar las que se requieran. El IRS no impondrá multas por FBAR si usted las presenta antes de una solicitud elegible o junto con ella; en el formulario electrónico, elija «Other» como motivo de la presentación tardía e ingrese «Relief for Certain Expatriates procedures» (IRS: procedimientos de alivio).
¿Olvidó presentar el Form 8854 después de renunciar, o nunca se puso al día: todavía puede corregirlo?
Sí, en tres situaciones que el IRS describe en las preguntas numeradas (FAQs) de su página de alivio (IRS: procedimientos de alivio):
| Su situación | Vía del IRS |
|---|---|
| Renunció después del 18 de marzo de 2010, nunca se puso al día y cumple todas las condiciones del alivio | Use ahora los procedimientos de alivio |
| Se presentaron, completas y pagadas, todas las declaraciones de los cinco años y del año de expatriación, pero no el Form 8854 | Presente el Form 8854 tarde, escriba «FAQ 24» en rojo en la parte superior, fírmelo, adjunte una declaración de causa razonable firmada bajo pena de perjurio y envíelo por correo a la dirección de Austin que aparece en la página de alivio del IRS |
| Se presentaron las declaraciones, pero algunas tenían errores | Enmiéndelas primero, con el Form 8854 adjunto a la declaración enmendada del año de su expatriación, y luego envíe por correo una copia de ese Form 8854 marcada «FAQ 25» en rojo, con una declaración de causa razonable firmada, a la misma dirección de Austin |
El IRS trata un Form 8854 tardío bajo la FAQ 24 como cumplimiento de la certificación, siempre que usted haya estado al día durante los cinco años, por debajo de la prueba del impuesto promedio y por debajo de la prueba del patrimonio neto en la fecha de expatriación. El IRS no envía acuse de recibo por las presentaciones de la FAQ 24 ni de la FAQ 25. Fuera de estas vías, el IRS indica que los ex ciudadanos igual deben presentar cada declaración vencida, aun sin pago completo (IRS: impuesto por expatriación), y pueden enfrentar la multa del Form 8854.
¿Qué presentaciones en EE. UU. continúan después de renunciar?
Después del año de expatriación, usted presenta como cualquier persona que no es ciudadana. Determina si es extranjero residente o extranjero no residente y presenta según corresponda, por ejemplo el Form 1040-NR si tiene ingresos de EE. UU. que lo exijan. Como extranjero no residente, entregue el Form W-8BEN a los pagadores de EE. UU. de dividendos, pensiones y otros ingresos similares; ellos retienen entonces la tasa de no residente o una tasa menor del tratado (IRS: Publication 519). Un Form 8854 anual continúa solo si un Form 8854 anterior informó un impuesto de salida diferido, un concepto de compensación diferida elegible o una participación en un fideicomiso no grantor (IRS: instrucciones del Form 8854); vea la guía del impuesto de salida.
¿Qué debe reunir antes de la cita de renuncia?
Reúna ahora los registros tributarios, para poder completar los cinco años y el último año:
- Su historial de presentación en EE. UU., o una nota de que nunca presentó, y cualquier SSN o ITIN.
- Registros de ingresos e impuestos extranjeros de cada uno de los cinco años anteriores y del año de la renuncia.
- Saldos de cierre de año y saldos máximos de cada cuenta extranjera, para las FBAR y el Form 8938.
- Un balance general a valor de mercado y base fiscal de EE. UU.: propiedades, cuentas, inversiones, pensiones, compensación diferida y participaciones en fideicomisos, además de las deudas. El Form 8854 lo pide a la fecha de expatriación.
- Registros de regalos grandes y de cualquier declaración del impuesto sobre donaciones.
- Después de la cita: el certificado de pérdida de la nacionalidad, sellado «Approved», y su pasaporte.
Ejemplo
Estos ejemplos son ilustrativos; las cifras están en dólares estadounidenses.
Nunca presentó, usa los procedimientos de alivio
Un ciudadano de EE. UU. y Australia nunca presentó una declaración de EE. UU., tiene un patrimonio neto de $400,000 y renuncia. Su impuesto total de EE. UU. de los cinco años anteriores y del año de la renuncia suma $3,000 después de créditos. Si se cumplen todas las demás condiciones, envía las cinco declaraciones, el paquete del año de expatriación con el Form 8854 y su certificado aprobado, no paga nada y espera la carta del IRS.
Presentó con los procedimientos simplificados y renuncia después
Una ciudadana en Alemania nunca presentó. En el segundo semestre de 2026 presenta bajo los procedimientos simplificados los años 2023 a 2025 y luego renuncia más tarde en 2026. Los cinco años anteriores a su año de renuncia son 2021 a 2025, así que 2021 y 2022 quedan fuera del paquete: cada uno necesita su propia declaración, si se requería, con el impuesto, los intereses y las multas pagados, antes de que ella pueda certificar. Según las condiciones del IRS, el alivio ya no le estaría disponible, porque ahora tiene un historial de presentación como ciudadana.
Renunció, presentó todo y omitió el Form 8854
Un ex ciudadano renunció en 2022 y presentó todas las declaraciones requeridas, pero nunca envió el Form 8854. Envía por correo un Form 8854 tardío marcado «FAQ 24» en rojo, con una declaración de causa razonable firmada. Eso cumple la certificación si esas declaraciones estaban completas y pagadas y si, en su fecha de expatriación, estaba por debajo de las pruebas del impuesto promedio y del patrimonio neto.
¿Su caso es distinto?
- Puede superar la prueba del impuesto promedio o del patrimonio neto, o tener pensiones o compensación diferida: vea la guía del impuesto de salida y obtenga ayuda con impuestos transfronterizos antes de renunciar.
- Nunca presentó y acaba de enterarse de que es ciudadano de EE. UU.: empiece con primera declaración de EE. UU. para quien creció en el extranjero.
- Planea usar los procedimientos simplificados: revise la elegibilidad y los años y luego arme el paquete.
- Solo faltan FBAR o formularios informativos extranjeros: compare las vías en procedimientos simplificados o presentaciones morosas.
- Vive en Canadá: vea cómo ponerse al día con declaraciones de EE. UU. atrasadas desde Canadá.
- Su omisión de presentar pudo ser deliberada, o los años no cuadran: obtenga ayuda con impuestos transfronterizos antes de firmar el Form 8854.
Cifras de esta página
| Cifra | Valor | Fuente |
|---|---|---|
| Prueba del impuesto sobre la renta neto anual promedio Expatriado cubierto si el promedio de los cinco años fiscales anteriores supera este monto | $211,000 Año fiscal 2026 | IRS: Revenue Procedure 2025-32, sección 4.37 Revisado |
| Prueba de patrimonio neto Expatriado cubierto si el patrimonio neto en la fecha de expatriación es de este monto o más | $2,000,000 | IRS: instrucciones del Form 8854 Revisado |
| Multa por incumplimiento del Form 8854 Por año requerido por un formulario faltante, incompleto o incorrecto, salvo que aplique causa razonable | $10,000 | IRS: instrucciones del Form 8854 Revisado |
| Umbral de presentación en EE. UU. para ingresos netos por trabajo independiente Se requiere presentar declaración con este nivel de ingresos netos del trabajo por cuenta propia, sin importar el estado civil para efectos de la declaración | $400 | IRS: Publicación 54 Revisado |
| Umbral de presentación de la FBAR Valor máximo total de todas las cuentas financieras extranjeras en cualquier momento del año calendario; se requiere una FBAR cuando el total supera este monto | $10,000 | FinCEN: informe de cuentas bancarias y financieras extranjeras Revisado |
| Procedimientos de alivio para ciertos exciudadanos (Relief Procedures for Certain Former Citizens): límite de patrimonio neto El patrimonio neto debe ser menor que este monto al renunciar a la ciudadanía y al presentar la solicitud; sin excepciones | $2,000,000 | IRS: procedimientos de alivio para ciertos ex ciudadanos Revisado |
| Procedimientos de alivio para ciertos exciudadanos (Relief Procedures for Certain Former Citizens): límite de impuesto agregado El impuesto total del año de la expatriación y de los 5 años anteriores, después de deducciones, exclusiones y créditos, sin contar la sección 877A, multas ni intereses, debe ser este monto o menos | $25,000 | IRS: procedimientos de alivio para ciertos ex ciudadanos Revisado |
Fuentes primarias
- IRS: procedimientos de alivio para ciertos ex ciudadanos
- IRS: instrucciones del Form 8854
- IRS: acerca del Form 8854
- IRS: impuesto por expatriación
- IRS: Publication 519, guía tributaria de EE. UU. para extranjeros
- IRS: Publication 54, guía tributaria para ciudadanos y extranjeros residentes de EE. UU. en el exterior
- IRS: contribuyentes de EE. UU. que residen fuera de Estados Unidos
- IRS: Revenue Procedure 2025-32
- IRS: Notice 2009-85
- IRS: procedimientos simplificados de cumplimiento tributario
- eCFR: 26 CFR 1.911-7, elecciones de la exclusión de ingresos del trabajo en el extranjero
Acerca de esta guía
Traducido de la guía en inglés · Lea el original en inglés
Explica las reglas generales del año fiscal indicado. No es asesoría para su situación.
Cambios al original en inglés
- : Primera publicación.