Para quién es
- Ciudadanos y residentes de EE. UU. que deciden qué cuentas extranjeras incluir en una FBAR
- Quienes presentan la FBAR y calculan el valor máximo y el tipo de cada cuenta
- Quienes corrigen una FBAR que omitió o declaró mal una cuenta
No se cubre aquí
- Quién debe presentar, los fundamentos del umbral y el Form 8938
- Cuentas de empresas y empleados con firma autorizada en ellas
- Pensiones extranjeras y cómo valorarlas
- Cómo elegir un procedimiento para FBAR tardías o nunca presentadas
¿Qué cuentas van en la FBAR?
Una cuenta va en su FBAR cuando se cumplen dos condiciones: es una cuenta financiera ubicada fuera de EE. UU. y usted tiene un interés financiero en ella o autoridad de firma sobre ella. Cuando los valores máximos de sus cuentas suman más de $10,000 en cualquier momento del año, se incluyen todas esas cuentas, cada una con su propio valor máximo (instrucciones de FinCEN). Quién debe presentar y los fundamentos del umbral están en informe de cuentas en el extranjero.
| Prueba | Qué cuenta | Fuente |
|---|---|---|
| Cuenta financiera | Cuenta bancaria, de valores, de seguro con valor en efectivo o anualidad, de materias primas, fondo mutuo público, o una cuenta con cualquier persona que preste los servicios de una institución financiera | 31 CFR 1010.350(c); instrucciones de FinCEN |
| Fuera de EE. UU. | Lo decide el lugar donde se mantiene la cuenta, no la nacionalidad de la institución: la sucursal de un banco estadounidense en Alemania es extranjera, la sucursal de un banco francés en Texas no lo es, y las acciones extranjeras compradas mediante un corredor de EE. UU. tampoco lo son. Puerto Rico, Guam y otros territorios de EE. UU. cuentan como EE. UU. | Publication 5569 |
| Interés financiero | Usted es el titular registrado, o un agente, un nominatario o un abogado la mantiene para usted, o la mantiene una entidad de la que usted posee más de 50% | 31 CFR 1010.350(e) |
| Autoridad de firma | Usted puede controlar adónde va el dinero dando instrucciones directamente a la institución, solo o junto con otra persona | 31 CFR 1010.350(f) |
No importa si la cuenta genera ingresos ni si paga impuestos (página de la FBAR del IRS). Si una IRA de EE. UU. o un plan 401(a), 403(a) o 403(b) de EE. UU. tiene una cuenta extranjera, usted, como titular, participante o beneficiario, no la declara; una cuenta de jubilación que usted tenga en el extranjero no está cubierta por esta excepción (31 CFR 1010.350(g)(4)). Tampoco se declaran en la FBAR las participaciones en fondos de cobertura (hedge funds) y fondos de capital privado extranjeros (aun así pueden corresponder al Form 8938; consulte informe de cuentas en el extranjero), ni las cuentas en una institución financiera dentro de una instalación militar de EE. UU., incluso una en el extranjero (Publication 5569).
Un caso no es sencillo cuando hay dinero familiar de por medio, cuando una cuenta está a nombre de otra persona, cuando tiene 25 o más cuentas o cuando FBAR anteriores omitieron cuentas. Para cada cuenta, reúna el nombre del titular, el número de cuenta, el nombre y la dirección de la institución, el tipo de cuenta y todos los estados de cuenta del año. Conserve los datos y el valor máximo de cada cuenta durante 5 años (página de la FBAR del IRS).
¿Los saldos de apps de pago y las cuentas multimoneda van en la FBAR?
El saldo de una app de pago o de dinero electrónico que mantiene un proveedor fuera de EE. UU. probablemente es una cuenta declarable, pero FinCEN no ha publicado ninguna guía que nombre estos servicios. La respuesta sale de las definiciones: una cuenta financiera incluye la que se mantiene con «una persona que presta los servicios de una institución financiera», y «otra cuenta financiera» incluye una cuenta con una persona dedicada a aceptar depósitos como agencia financiera (Publication 5569; 31 CFR 1010.350(c)(3)).
Lo decide el lugar donde está la cuenta, no la nacionalidad del proveedor. Los términos de su cuenta y sus estados de cuenta indican qué empresa mantiene su saldo y dónde. Un saldo mantenido por una oficina del proveedor en EE. UU. no es una cuenta extranjera; uno mantenido por una oficina fuera de EE. UU. puede serlo, aunque el proveedor sea una empresa estadounidense. Esa es una lectura de las definiciones, no una regla publicada. Cuando un proveedor de EE. UU. mantiene saldos en moneda extranjera mediante socios en el extranjero, la ubicación no es clara; ese caso requiere criterio profesional.
No hay una respuesta oficial sobre si cada saldo en una moneda o cada bolsillo de ahorro es una cuenta aparte. Cada cuenta se valora por separado, y el formulario pide el número u otra designación de cada cuenta. Una lectura práctica: un bolsillo o saldo en una moneda con su propio número de cuenta (como su propio número de cuenta bancaria) se incluye como cuenta aparte; los saldos que comparten un mismo número son una sola cuenta. Una cuenta extranjera que solo tiene moneda virtual no es declarable con la regla actual, aunque FinCEN ha dicho que planea cambiarlo (Publication 5569).
¿Una TFSA, una ISA u otra cuenta de ahorro libre de impuestos se declara en la FBAR?
Sí, si está en un banco, corredor o fondo fuera de EE. UU. El IRS nombra la TFSA y el RRSP de Canadá y las cuentas de jubilación de México (AFORE) como cuentas financieras extranjeras declarables (Publication 5569). Un beneficio fiscal en el país de origen no cambia la prueba de la FBAR. Un instrumento de ahorro o inversión de otro país, como una ISA del Reino Unido o un PEA de Francia, se evalúa de la misma manera: lo que importa es la cuenta y quién la mantiene.
Una póliza de seguro o anualidad con valor en efectivo, como un seguro de vida entera, es una cuenta financiera; el titular de la póliza la declara por su valor en efectivo (31 CFR 1010.350(c)(3); IRM 4.26.16.2.2). Otras reglas de EE. UU. para estas pólizas están en pólizas de seguro compradas en el extranjero.
Las pensiones y cómo valorarlas se explican en informe de pensiones extranjeras. Los fondos dentro de una TFSA u otra cuenta pueden requerir el Form 8621; consulte presentación del formulario de PFIC y, para canadienses, TFSA y FHSA para ciudadanos de EE. UU..
¿Varios certificados de depósito o depósitos a plazo son una cuenta o varias?
Un depósito a plazo o certificado de depósito es una cuenta bancaria por sí mismo (preámbulo de la regla final; IRM 4.26.16.2.2). Ninguna guía oficial trata varios depósitos bajo un mismo número de cliente. Cuando cada depósito tiene su propio número de cuenta u otra designación, incluir cada uno por separado coincide con el formulario, que pide el número y el valor máximo de cada cuenta.
Con 25 o más cuentas en las que usted tiene un interés financiero, el formulario cambia. Marque «Yes» en el ítem 14a, ingrese el número de cuentas y omita las partes cuenta por cuenta (Partes II y III). Aun así debe conservar todos los datos y entregarlos si FinCEN o el IRS los piden (31 CFR 1010.350(g); instrucciones de FinCEN). El ítem 14b es la versión para 25 o más cuentas en las que solo tiene autoridad de firma; allí igualmente identifica a cada titular de cuenta en la Parte IV.
FBAR y cuenta conjunta con un cónyuge que no es de EE. UU.: ¿qué declaro?
Usted declara el valor total de una cuenta conjunta, no su parte (Publication 5569; IRM 4.26.16.2.3). Las cuentas separadas de su cónyuge no son suyas, salvo que usted sea titular nombrado, la cuenta se mantenga para usted o usted pueda firmar en ella; la atribución familiar no se aplica a la FBAR (IRM 4.26.16.2.3). Las cuentas conjuntas van en la Parte III, donde usted ingresa el número de otros titulares conjuntos y los datos de su cónyuge como titular conjunto principal; en el ítem 25 se acepta un número de identificación fiscal extranjero, y los datos de titulares conjuntos que usted no conozca se dejan en blanco (instrucciones de FinCEN).
Un cónyuge que no es persona de EE. UU. no tiene su propia FBAR. Un cónyuge que no es ciudadano pero tiene una green card, o cumple la prueba de presencia sustancial, es residente de EE. UU. para la FBAR y presenta su propio informe, incluso mientras vive en el extranjero (31 CFR 1010.350(b); IRM 4.26.16.2.1.2). Una elección del impuesto sobre la renta para tratar a un cónyuge no residente como residente de EE. UU. no convierte a ese cónyuge en persona de EE. UU. para efectos de la FBAR (IRM 4.26.16.2.1.2). Cuando ambos cónyuges son personas de EE. UU., una sola FBAR puede cubrir a ambos solo si todas las cuentas declarables del otro cónyuge son conjuntas, la FBAR se presenta a tiempo y ambos firman el Form 114a. Hay más sobre un cónyuge no residente en casado con un no residente.
¿Cuentan las cuentas de mis hijos o de mis padres, incluso con un poder notarial?
La cuenta de un familiar cuenta para usted en tres casos: su nombre figura en ella, se mantiene para usted o usted puede ordenar a la institución que mueva su dinero.
| Situación | Qué es para usted | Dónde va |
|---|---|---|
| Cuenta conjunta con un padre o un hijo | Interés financiero, valor total | Parte III |
| Cuenta a su nombre que usted mantiene para un hijo | Interés financiero: usted es el titular registrado, aunque el dinero sea de otra persona | Parte II |
| Un familiar tiene una cuenta a su nombre pero actúa según sus instrucciones | Interés financiero mediante un agente o nominatario | Parte II |
| Un poder notarial que le permite a usted, solo o junto con otra persona, ordenar al banco que mueva dinero | Autoridad de firma, aunque nunca la haya usado | Parte IV |
| Cuenta de un padre en la que usted no tiene ninguna función | No le corresponde declararla | Ninguno |
La regla del poder notarial viene de un ejemplo del IRS: una persona con un poder notarial sin usar sobre cuentas de sus padres en el extranjero debe presentar si ese poder le da autoridad de firma (Publication 5569). La autoridad solo para comprar o vender inversiones, sin facultad para retirar dinero, no es autoridad de firma (IRM 4.26.16.2.4). Lea el documento y los registros del banco para ver qué permite en realidad.
Un hijo que es persona de EE. UU. presenta su propia FBAR si su propio total supera el umbral; un padre o tutor presenta y firma cuando el hijo no puede (instrucciones de FinCEN). Cuando un padre tiene una cuenta para un hijo, el hijo también puede tener un interés financiero mediante el padre como agente, por lo que cada persona de EE. UU. evalúa su propio total.
¿Cuenta el dinero en manos de un notario, un abogado o un agente de depósito en garantía?
Puede contar. Usted tiene un interés financiero en una cuenta extranjera cuyo titular registrado es «un agente, un nominatario, un abogado o una persona que actúa en otra calidad» en su nombre respecto de la cuenta (instrucciones de FinCEN; 31 CFR 1010.350(e)(2)). El ejemplo del IRS es un hermano que mantiene cuentas en el extranjero a su nombre pero las usa solo según las instrucciones de quien presenta (Publication 5569).
Ninguna guía oficial aplica esta regla a la cuenta de clientes de un notario o abogado, a una cuenta de depósito en garantía mancomunada o al dinero retenido durante la compra de un inmueble. Que el agente actúe en su nombre respecto de la cuenta depende del contrato y de quién controle el dinero con sus instrucciones. Reúna el contrato de depósito en garantía o de depósito, los datos de la cuenta y las fechas en que se mantuvo el dinero, y trate esto como un caso que requiere criterio profesional.
¿Cómo calculo el valor máximo de una cuenta en la FBAR?
El valor máximo es una aproximación razonable del valor más alto del efectivo y otros activos de la cuenta durante el año calendario. Hállelo en la moneda de la cuenta, conviértalo a dólares estadounidenses y redondee hacia arriba al siguiente dólar entero (instrucciones de FinCEN).
- Reúna todos los estados de cuenta del año. Pueden usarse estados emitidos al menos cada trimestre si reflejan razonablemente el punto más alto de la cuenta (Publication 5569).
- Tome el saldo más alto que aparezca en cualquier estado de cuenta, no el saldo al cierre del año. Si una cuenta no tuvo estados de cuenta periódicos, use el valor más alto en cualquier momento del año (IRM 4.26.16.2.2.2).
- Si sabe de un saldo más alto entre estados de cuenta, como un depósito grande que salió poco después, es posible que los estados no reflejen razonablemente el máximo; en ese caso use la cifra más alta.
- Convierta al tipo de cambio de cierre del año (siguiente sección) y redondee hacia arriba.
Si no se puede determinar el valor, marque «amount unknown» en el ítem 15a. Las instrucciones también indican que quienes tienen menos de 25 cuentas y no pueden saber si su total superó el umbral deben incluir cada cuenta y marcar esa casilla (instrucciones de FinCEN). Pida los estados de cuenta a la institución antes de recurrir a esto.
¿Qué tipo de cambio uso y qué pasa si el dinero se movió entre mis cuentas?
Use los tipos de cambio del Tesoro (Treasury Reporting Rates of Exchange) del último día del año calendario, para todas las cuentas, sin importar la fecha del máximo. Si el Tesoro no publica un tipo para una moneda, use otro tipo verificable e indique su fuente (instrucciones de FinCEN). El Tesoro expresa cada tipo como unidades de moneda extranjera por dólar estadounidense, así que divida el monto en moneda extranjera entre el tipo (tipos del Tesoro).
Cada cuenta se valora por separado, y la prueba del umbral suma esos máximos separados (instrucciones de FinCEN). Por eso el dinero que se movió entre sus cuentas puede aparecer en el máximo de cada cuenta, y el total puede ser mayor que el dinero que usted tuvo alguna vez.
¿Y un saldo negativo, o una cuenta abierta o cerrada durante el año?
Si el valor de una cuenta resulta menor que cero, como una cuenta sobregirada, ingrese cero como su valor máximo (instrucciones de FinCEN). Igualmente se incluye si usted debe presentar.
Una cuenta abierta o cerrada durante el año se declara por ese año, porque la regla aplica a cada año en que existió la relación (31 CFR 1010.350(a)). Su valor máximo es el valor más alto mientras estuvo abierta. Los estados de cuenta son el registro principal de ese valor, así que conserve copias antes de que se cierre una cuenta.
Banco, valores u otro: ¿qué tipo de cuenta elijo?
El ítem 16 ofrece Bank, Securities u Other; para Other, agregue una descripción breve (instrucciones de FinCEN). Elija según lo que la institución hace con la cuenta, siguiendo las definiciones de la regulación (31 CFR 1010.350(c)).
| Cuenta | Tipo | Por qué |
|---|---|---|
| Cuenta corriente, de ahorros, depósito a plazo o certificado de depósito | Bank | Se mantiene con una persona dedicada a la banca |
| Cuenta de corretaje o de inversión con acciones | Securities | Se mantiene con una persona que compra, vende o mantiene valores |
| Seguro de vida con valor en efectivo o anualidad | Other, por ejemplo «cash-value life insurance» | Figura como otra cuenta financiera |
| Fondo mutuo público mantenido directamente con el fondo | Other, por ejemplo «mutual fund» | Figura como otra cuenta financiera |
| Saldo de dinero electrónico o de una app de pago con un proveedor que no es un banco | Other, por ejemplo «e-money account» | Ninguna guía oficial nombra estos servicios; Other con una descripción breve es la opción práctica para un proveedor que no es un banco. Si el proveedor es un banco con licencia, corresponde Bank |
Para una cuenta con beneficio fiscal, elija según lo que contiene y quién la mantiene: una TFSA de depósitos en un banco es Bank; una que tiene acciones en un corredor es Securities.
¿Cómo enmiendo una FBAR que omitió una cuenta o incluyó una equivocada?
Presente una FBAR nueva y completa de ese año con la casilla Amend marcada, e ingrese el Prior Report BSA Identifier del informe que está corrigiendo. Si no conoce el identificador, ingrese catorce ceros (instrucciones de FinCEN). El informe enmendado repite todas las cuentas, no solo la corregida (IRM 4.26.16.3.12). Una cuenta omitida de una FBAR presentada no se declaró a tiempo, por lo que es posible una multa civil de hasta $16,536 por una falta no intencional; cuando hubo causa razonable y el informe enmendado muestra correctamente la cuenta, no se impone ninguna multa (instrucciones de FinCEN; Publication 5569). Guarde una nota de por qué se omitió la cuenta.
El identificador se envió por correo electrónico o por los mensajes seguros del sistema de presentación cuando usted presentó. Si presentó en la fecha de la prórroga automática sin toda la información, el IRS espera que enmiende cuando llegue la información faltante (Publication 5569). Verifique si los ingresos de la cuenta también estaban en su declaración de impuestos. Si faltan años completos, cómo elegir un procedimiento se explica en procedimiento simplificado o declaración extranjera tardía.
Ejemplo
Estos ejemplos son ilustrativos; todos los montos están en dólares estadounidenses al tipo de cambio del Tesoro al cierre del año.
Una cuenta de pago multimoneda en los Países Bajos
Una ciudadana de EE. UU. que vive en los Países Bajos tiene tres cuentas. Una cuenta de pago multimoneda con un proveedor ubicado allí mantiene saldos en euros y libras bajo un solo número de cuenta; su valor más alto es de $6,500. Una cuenta bancaria local alcanza un máximo de $5,000. Un bolsillo de ahorro con su propio número de cuenta alcanza un máximo de $2,000.
Al tratar la cuenta de pago como declarable, los tres máximos suman $13,500, más de $10,000. Presenta la FBAR e incluye las tres cuentas, cada una con su propio máximo, aunque ninguna cuenta por sí sola superó $10,000.
Cuenta conjunta con los padres y un poder notarial
Una titular de green card en California es cotitular, con sus padres, de una cuenta en el extranjero que alcanza un máximo de $30,000, así que supera el umbral y presenta. La incluye en la Parte III por el total de $30,000, no por un tercio. Sus padres también tienen una cuenta aparte, y su poder notarial le permite ordenar a ese banco que pague dinero. Nunca lo ha usado. Incluye esa cuenta en la Parte IV como autoridad de firma, con su valor máximo.
Una FBAR enmendada por un bolsillo de ahorro omitido
La FBAR de un contribuyente omitió un bolsillo de ahorro. Tenía $0 al cierre del año pero $200 en marzo. Presenta una FBAR enmendada de ese año con la casilla Amend marcada, incluye todas las cuentas de nuevo y muestra el bolsillo con un valor máximo de $200.
¿Su caso es distinto?
- No está seguro de si debe presentar, o si también necesita el Form 8938: empiece con informe de cuentas en el extranjero.
- La cuenta es de su empresa, o usted puede firmar en la cuenta de un empleador: consulte FBAR para cuentas de empresas en el extranjero.
- La cuenta es una pensión o un plan de jubilación: consulte informe de pensiones extranjeras.
- Omitió FBAR de años anteriores: compare las vías en procedimiento simplificado o declaración extranjera tardía y obtenga ayuda para presentar la FBAR.
- Vive en Canadá y omitió FBAR o formularios de la TFSA: consulte FBAR o formularios de la TFSA omitidos.
- Dinero familiar, la cuenta de un notario o de depósito en garantía, o muchas cuentas y estados de cuenta por ordenar: esto depende de documentos y de criterio profesional; obtenga ayuda para presentar la FBAR.
Cifras de esta página
| Cifra | Valor | Fuente |
|---|---|---|
| Umbral de presentación de la FBAR Valor máximo total de todas las cuentas financieras extranjeras en cualquier momento del año calendario; se requiere una FBAR cuando el total supera este monto | $10,000 | FinCEN: informe de cuentas bancarias y financieras extranjeras Revisado |
| Nivel de propiedad para la FBAR sobre las cuentas de una entidad Usted tiene un interés financiero en las cuentas extranjeras de una corporación, sociedad de personas u otra entidad de la que posee, directa o indirectamente, más de esta proporción | 50% | eCFR (Código de Reglamentos Federales electrónico): 31 CFR 1010.350, informes de cuentas financieras extranjeras Revisado |
| Período de conservación de registros de la FBAR Desde el 15 de abril del año siguiente al año calendario reportado, o desde la fecha de presentación si es posterior al 15 de abril. Registros: el nombre con el que se mantiene cada cuenta, el número de cuenta, el nombre y la dirección de la institución, el tipo de cuenta y el valor máximo. | 5 años | FinCEN: instrucciones para presentar la FBAR por vía electrónica Revisado |
| Multa máxima de la FBAR por incumplimiento no intencional Por infracción (por informe según Bittner v. United States); para multas determinadas a partir del 17 de enero de 2025; se ajusta por inflación cada año | $16,536 Año fiscal 2025 | eCFR (Código de Reglamentos Federales electrónico): 31 CFR 1010.821, ajuste de multas y tabla Revisado |
Fuentes primarias
- FinCEN: instrucciones para la presentación electrónica de la FBAR (FinCEN Form 114)
- 31 CFR 1010.350: informes de cuentas financieras extranjeras
- IRS: Publication 5569, guía de referencia de la FBAR
- IRS: informe de cuentas bancarias y financieras extranjeras (FBAR)
- IRS: Internal Revenue Manual 4.26.16, informe de cuentas bancarias y financieras extranjeras
- FinCEN: regla final sobre informes de cuentas financieras extranjeras (76 FR 10234)
- Tesoro: tipos de cambio oficiales para informes del Tesoro (Treasury Reporting Rates of Exchange)
- FinCEN: informe de cuentas bancarias y financieras extranjeras
Acerca de esta guía
Traducido de la guía en inglés · Lea el original en inglés
Explica las reglas generales del año fiscal indicado. No es asesoría para su situación.
Cambios al original en inglés
- : Primera publicación.